Importancia del aprovechamiento de agua de lluvia en la CDMX

Importancia del aprovechamiento de agua de lluvia en la CDMX

¿Te has puesto a pensar que ante la gran crisis del agua que ya se vive nuestra ciudad existen alternativas prácticamente al alcance de tu mano para ayudar a enfrentarla?

Afortunadamente en la CDMX y en muchas zonas y ciudades vecinas la lluvia que cae anualmente es abundante. Este recurso se ha prácticamente ignorado y desperdiciado por muchas décadas, y ahora se vuelve una necesidad imperiosa establecer estrategias para aprovecharlo.

De hecho, en la CDMX ya se aplican diversos requerimientos en el REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES DE LA CDMX, que especifican la obligación de contar con sistemas de Aprovechamiento de Agua Pluvial para construcciones nuevas con ciertas características:

  • Para manifestaciones de construcción tipos B y C.           (Art. 53)
  • Para obtener la Licencia de Construcción Especial.          (Art. 58)
  • Para edificaciones nuevas no habitacionales.              (Art. 89)
  • Para edificaciones de más de 1000 m² sin contar estacionamiento.    (Art. 89)
  • Para los establecimientos dedicados al lavado de autos.        (Art. 89)
  • Toda construcción nueva de más de 200 m² de azotea.          (Art. 124)

REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA CDMX

ARTÍCULO 53. Para las manifestaciones de construcción tipo B y C, se deben cumplir los siguientes requisitos:
d) Dos tantos de los proyectos de las instalaciones hidráulicas incluyendo el uso de sistemas para calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar conforme a los artículos 82, 83 y 89 de este Reglamento, sanitarias, eléctricas, gas e instalaciones especiales y otras que se requieran, en los que se debe incluir como mínimo: plantas, cortes e isométricos en su caso, mostrando las trayectorias de tuberías, alimentaciones, así como el diseño y memorias correspondientes, que incluyan la descripción de los dispositivos conforme a los requerimientos establecidos por este Reglamento y sus Normas en cuanto a salidas y muebles hidráulicos y sanitarios, equipos de extinción de fuego, sistema de captación y aprovechamiento de aguas pluviales en azotea y otras que considere el proyecto.
Estos documentos deben estar firmados por el propietario o poseedor, por el proyectista indicando su número de cédula profesional, por el Director Responsable de Obra y el Corresponsable en instalaciones, en su caso.

ARTÍCULO 58. Para obtener la licencia de construcción especial, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
I. Cuando se trate de edificaciones en suelo de conservación, entregar:
d) Proyecto alternativo de captación y aprovechamiento de aguas pluviales y de tratamiento de aguas residuales aprobados por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México;

ARTÍCULO 89. Las edificaciones nuevas no habitacionales y las de más de 1000 m² sin incluir estacionamiento, así como los establecimientos dedicados al lavado de autos, deben contar con redes separadas de agua potable, agua residual tratada y agua de lluvia debièndose utilizar estas dos últimas en todos los usos que no requieran agua potable, de conformidad con lo establecido en la Ley de Aguas del Distrito Federal, las Normas y demás disposiciones aplicables en la materia.

ARTÍCULO 124. 
Toda construcción nueva de màs de 200 m² de azotea deberá contar con un sistema de captación y aprovechamiento de agua pluvial de la superficie construida a nivel azotea, para la cual deberá contarse con una cisterna como inodoros, riego de áreas jardineadas y actividades de limpieza conforme a lo establecido en la Ley de Aguas del Distrito Federal y sus Reglamentos.

Es entonces imperativo ya para desarrolladores, constructores e incluso propietarios de inmuebles unifamiliares o comerciales tener muy presente estas necesidades y legislaciones para incorporarlas en sus proyectos.

En HIDROTECNO contamos con la experiencia, equipos y profesionales para elaborar el proyecto, diseñar e implementar estos Sistemas Alternativos de Agua Pluvial, la potabilización completa de la misma si se requiere, y en los casos que sea necesario la elaboración del estudio hidrológico requerido por las autoridades.